Publicado el 16 diciembre, 2019
BOLETÍN 49-2019
Les recordamos a todos que en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aparece la obligación de hacer referencia en nuestras facturas a la exención de IVA de la operación.
Por eso HA DE FIGURAR DE FORMA OBLIGATORIA LA LEYENDA:
“Factura exenta de IVA en virtud del artículo 20.uno.5º de la LEY 37/1992”
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