Boletín de Noticias

Publicado el 8 mayo, 2018

BOLETIN 18-2018

DERIVACIONES DE PACIENTES – Recordatorio –

CÓDIGO ÉTICO

CAPITULO 17. Art 82 “desvío de pacientes”

Los dentistas que ejercen su actividad profesional en un organismo de servicio público no pueden utilizar sus cargos para atraer pacientes a su actividad privada.

ESTATUTOS:

CAPÍTULO IV. Derechos, Deberes y Prohibiciones de los Colegiados.

Artículo 89 Prohibiciones a los colegiados

7. Desviar pacientes desde consultas públicas de índole cualquiera hacia consultas particulares, propias o ajenas, con fines lucrativos.

Volver