Boletín de Noticias

Publicado el 13 abril, 2022

BOLETIN 07-2022

CONSEJO GENERAL

REGISTRO RETRIBUTIVO:

Les recordamos la obligación que tienen las empresas de contar con un registro salarial, establecida en el artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores, y en los artículos 5 y 6 del Real Decreto 902/2020, de 13 de Octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres y entró en vigor el 14 de Abril de 2021.

Así, se establece la obligación para cualquier empresa (independientemente del número de trabajadores) de llevar un registro retributivo de la plantilla que incluya los valores medios de los salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales desagregados por sexo y por grupos o categorías profesionales.

Asimismo, deberá contener la media aritmética y la mediana de lo realmente percibido por cada uno de estos conceptos en cada grupo profesional, categoría profesional, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable. A su vez, esta información deberá estar desagregada en atención a la naturaleza de la retribución, incluyendo salario base, cada uno de los complementos y cada una de las percepciones extrasalariales, especificando de modo diferenciado cada percepción.

Cuando se solicite el acceso al registro por parte de la persona trabajadora por inexistencia de representación legal, la información que se facilitará por parte de la empresa no serán los datos promediados respecto a las cuantías efectivas de las retribuciones que constan en el registro, sino que la información a facilitar se limitará a las diferencias porcentuales que existieran en las retribuciones promediadas de hombres y mujeres, que también deberán estar desagregadas en atención a la naturaleza de la retribución y el sistema de clasificación aplicable.

A los efectos oportunos, en el siguiente enlace se acceder a la herramienta habilitada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social:

https://www.mites.gob.es/es/portada/herramienta_registro_retributivo/index.htm

Para más información pueden ustedes contactar con sus Asesorías Laborales.

Volver