Publicado el 11 enero, 2022
BOLETIN 01-2022
La Justicia vuelve a dar la razón a los dentistas y desestima las alegaciones presentadas por el Consejo General de Enfermería
• El Tribunal Supremo considera que no existe incongruencia omisiva en la sentencia por la que se desestimó el recurso de casación interpuesto por el Consejo General de Enfermería, sobre la regulación y atribución de determinados tratamientos propios de otras profesiones (dentistas, médicos…).
De nuevo, el Tribunal Supremo ha dado la razón al Consejo General de Dentistas de España desestimando el incidente de nulidad de actuaciones presentado por el Consejo General de Enfermería de España contra la sentencia, de 11 de octubre de 2021, donde se desestimaba el recurso de casación interpuesto por el Consejo de Enfermería contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 4 de noviembre de 2019. En esta última, se consideraba que la Organización Colegial de Enfermería se había excedido de sus competencias, ya que a través de una resolución interna pretendía regular la profesión, atribuyéndose tratamientos de otras profesiones, cuestión que solo puede venir determinada por una ley estatal.
Mediante el incidente de nulidad – procedimiento mediante el cual se busca dejar sin efecto una sentencia o resolución por entender que se vulneran derechos fundamentales-, los enfermeros pretendían dejar sin efecto la sentencia del Tribunal Supremo que da la razón a los dentistas, alegando incongruencia omisiva, es decir, la falta de respuesta en la sentencia a todas las peticiones manifestadas por el Consejo de Enfermería. En ese sentido, consideran que “la sentencia no resuelve ni sobre los apartados que constituían el interés casacional del recurso, ni lo hace dando respuesta a todas las cuestiones relevantes y esenciales que se plantearon en el debate procesal”.
Por su parte, el Consejo General de Dentistas presentó un escrito de alegaciones fundamentando que no existía vulneración de tal derecho y considerando que se ha dado respuesta a las cuestiones planteadas, ya que la finalidad del procedimiento versaba sobre si el Consejo de Enfermería se extralimitó en sus funciones colegiales al tratar de regular la profesión, cuestión que quedó confirmada tanto por el TSJ como por el Supremo. Asimismo, se condena al Consejo de Enfermería al pago de las costas del incidente de nulidad de actuaciones planteado.
En palabras del Presidente del Consejo General de Dentistas, el Dr. Óscar Castro Reino: “Una vez más, la Justicia ha dado la razón a los dentistas. Desde la Organización Colegial seguiremos trabajando incansablemente en la defensa de la profesión odontológica para evitar que se otorguen funciones propias y exclusivas de los dentistas a quienes carecen de atribuciones profesionales para su desempeño”.
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