Publicado el 29 mayo, 2023
BOLETÍN 18-2023
No pueden pagarse en efectivo operaciones en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de persona titular de la empresa o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros (o su contravalor en moneda extranjera). EL MÁXIMO DE PAGO ES POR TRATAMIENTO.
BOLETÍN 18-2023