Publicado el 15 noviembre, 2018
BOLETÍN 45-2018
A.- 4.3.- COBERTURA POR CESE DEFINITIVO DE LA ACTIVIDAD
Son muchos los colegiados que consultan con la Secretaría colegial la cobertura correspondiente en caso de jubilación o cese de la actividad.
Transcribimos literalmente el artículo
“4.3.- Por cese definitivo de la actividad (jubilación, incapacidad o cualquier otra circunstancia), se otorga cobertura de 15 años, a partir del último vencimiento siguiente a dicho cese. Se entiende este período de cobertura para hechos ocurridos durante el tiempo que el Asegurado ha estado adherido a la póliza y no conocidos por este a la fecha del cese de su actividad.”
B.- PARA TODOS AQUELLOS COLEGIADOS QUE NO TENGAN CONTRATADA LA PÓLIZA DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL CON EL COLEGIO
Si desde el 1 de Enero de 2019 quieren incorporarse al Seguro Colectivo que mantiene el Colegio pues vence su póliza personal con fecha 31.12.18:
Deben de darse de baja de su Compañía
Deben comunicar por escrito al Colegio su deseo de adhesión a nuestra póliza colectiva, gestionándolo el Colegio directamente con AMA. (Cobertura actual 150.000€ con posibilidad de ampliación a título individual).
Les recordamos a todos que la elección de compañía aseguradora es libre para todos los colegiados.
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