Publicado el 18 diciembre, 2020
BOLETÍN 21-2020
Con motivo del cierre de las clínicas de Dentix ubicadas en nuestra Comunidad Autónoma, desde el Colegio se proporciona a los pacientes la información sobre la manera de actuar de los consumidores y usuarios afectados para la defensa de sus derechos.
Dadas las dudas circulantes entre la colegiación, puntualizamos:
El Colegio no tiene competencia para sancionar a Sociedades Mercantiles relacionadas con la Odontología cuando éstas ni siquiera son Sociedades Profesionales.
Si un paciente nos solicita al margen del tratamiento un informe de valoración donde se indique la parte del tratamiento que falta por realizar en función de lo presupuestado por DENTIX, queda a criterio del profesional el solicitar el correspondiente abono por ser este servicio ajeno per se al tratamiento dental. Existen muchas posibilidades de que, posteriormente, nos soliciten su ratificación en sede judicial sin que podamos oponernos a ello.
Se recuerda que el proceso a seguir con estos pacientes es el mismo a seguir ante cualquier caso de retratamiento. No obstante, aconsejamos que la recogida de datos sobre el estado con el que se recibe al paciente sea especialmente minuciosa, así como que se realicen las pruebas complementarias necesarias para la realización de un adecuado plan de tratamiento.