Publicado el 11 marzo, 2019
BOLETÍN 9-2019
Como bien saben está en plena vigencia el REGLAMENTO (UE) 2017/852 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de Mayo de 2017 sobre el mercurio y que según su artículo 10 sobre Amalgama dental dice que:
“4. A partir del 1 de enero de 2019, los operadores de los gabinetes dentales que utilicen amalgama dental o que retiren empastes de amalgama dental o extraigan dientes que contengan dichas amalgamas garantizarán que sus gabinetes cuentan con separadores de amalgama para retener y recoger las partículas de amalgama, incluidas las contenidas en el agua usada”.
Sobre la retirada de estos residuos en concreto este mismo artículo dice:
«6. Los profesionales dentales garantizarán que los residuos de amalgama, incluidos los restos, las partículas y los empastes de amalgama, y los dientes o partes de estos contaminados por la amalgama dental sean tratados y recogidos por un establecimiento o empresa de gestión de residuos autorizado. Los profesionales dentales no liberarán directa ni indirectamente tales residuos de amalgama al medio ambiente, bajo ninguna circunstancia. 24.5.2017 L 137/9 Diario Oficial de la Unión Europea ES».
Esto quiere decir que las Clínicas Dentales tendrán que dirigirse a su empresa gestora de residuos autorizada para concertar el servicio de retirada de este residuo y ampliar el registro de pequeños productores de residuos con el INAGA.
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