Boletín de Noticias

Publicado el 15 enero, 2024

BOLETIN 01-2024

ESTUDIANTES EN EMPRESAS PRÁCTICAS NO REMUNERADAS

De conformidad con lo establecido en el artículo 212 del R.D.L. 5/2023, de 28 de junio y según la Disposición Adicional quincuagésima segunda del R.D. 8/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, sobre la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación, deberán confirmar con sus respectivas Asesorías Laborales  si a partir del 1 de Enero de 2024 tendrán o mantendrán trabajadores mediante la modalidad “prácticas no remuneradas” en su empresa.

Esto solo afecta a la modalidad de “prácticas no remuneradas” de Formación Profesional y Universitarias.

En cualquier caso, si solicitan a personas en “prácticas no remuneradas” nuestra recomendación es que opten por suscribir el Convenio donde la entidad formativa que les faciliten al estudiante se encargue del cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social.

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