Publicado el 4 abril, 2024
BOLETIN 12-2024
Con los objetivos de proteger a los ciudadanos y promover la calidad y la transparencia de los servicios sanitarios que existen en España, los presidentes de los Consejos Generales de Biólogos, Dentistas, Dietistas-Nutricionistas, Enfermeros, Farmacéuticos, Fisioterapeutas, Logopedas, Médicos, Ópticos-Optometristas, Podólogos, Psicólogos, Terapeutas Ocupacionales y Veterinarios, se han reunido en la sede de la OMC para tratar varios asuntos: la ley de publicidad sanitaria; el proyecto por el que se modifica el RD 472/2021, de 29 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la directiva (UE) 2018/958, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de junio de 2018, relativa al test de proporcionalidad antes de adoptar nuevas regulaciones de profesiones; la modificación de la ley de sociedades profesionales; la plataforma One Health; y la colegiación universal.
La falta de una legislación estatal sobre publicidad de prestaciones y actividades sanitarias permite, entre otras cuestiones, que mercantiles e influencers sin ningún conocimiento del ámbito sanitario publiciten y ofrezcan productos y servicios sanitarios a través de redes sociales e internet que, sin el control de un facultativo, pueden conllevar un grave riesgo para la salud de las personas. En este contexto, los Consejos Sanitarios hacen un llamamiento conjunto a las autoridades competentes y a todos los partidos políticos para que se apruebe cuanto antes una ley de publicidad de prestaciones y actividades sanitarias que proteja a la población de informaciones erróneas y confusas, y establezca unas pautas claras y exigentes.
Esta petición no responde a ningún interés político, por lo que se insta a todos los partidos a dejar a un lado sus diferencias ideológicas para llegar a un acuerdo y proteger el bien más preciado que tienen las personas: su salud.
En cuanto a la evaluación previa de los códigos deontológicos por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) que se contempla en el Proyecto por el que se modifica el RD 472/2021, de 29 de junio, los Consejos Sanitarios se oponen frontalmente. Según han afirmado, no existe justificación ni ética ni legal para exigir a las organizaciones colegiales una evaluación previa por parte de la autoridad encargada de velar por la libre competencia en los mercados. Los colegios sanitarios explican que la CNMC no tiene capacidades ni competencia para llevar a cabo una tarea que, en última instancia, implica la ordenación del ámbito de las profesiones.
Esta situación vaciaría además en buena medida las funciones legítimamente atribuidas a los ministerios correspondientes, en nuestro caso, el de Sanidad. Todos los Consejos Sanitarios consideran un gravísimo error que los Códigos Deontológicos se fiscalicen por parte de la CNMC, que por su propia naturaleza es un organismo que sólo lo puede hacer desde una perspectiva meramente de mercado, en lugar de atender a su verdadero objetivo que es proteger intereses públicos, en este caso, la salud de las personas. Esta intromisión afecta gravemente a la protección de la salud en general y de los pacientes en particular.
La modificación y correcta aplicación de la ley de Sociedades Profesionales ha sido otro de los asuntos protagonistas de la reunión. Esta ley prevé que aquellas empresas que realicen actividades para las que la colegiación es obligatoria no escapen al control deontológico de los Colegios Profesionales, al tiempo que contempla medidas para asegurar que el control de la compañía queda en manos de profesionales colegiados.
Sin embargo, existen vacíos legales que han permitido que muchas sociedades profesionales se hayan registrado en el Registro Mercantil como si fueran sociedades de intermediación, quedando fuera del ámbito de aplicación de esta ley.
Para evitar que se burle esta ley, los Consejos Sanitarios solicitan que sea preceptivo que todas aquellas sociedades cuyo objeto social sea la prestación de servicios profesionales se inscriban en el Registro Mercantil como “sociedades profesionales”.
Sobre la universalidad y obligatoriedad de la colegiación, los Consejos Sanitarios sostienen que la colegiación es una medida esencial para garantizar unos altos estándares de calidad en la prestación de los servicios sanitarios y que redundan directamente en beneficio de los pacientes. De esta forma, los profesionales deben someterse al código deontológico de las organizaciones colegiales y estas, a su vez, pueden establecer un estricto control deontológico de la trayectoria de las personas que ejercen la profesión, protegiendo así a los pacientes.
Por último, en la reunión se destacó la importante labor de la Plataforma One Health, una red nacional que une a diversas organizaciones colegiales, asociaciones y fundaciones de diferentes áreas y sectores y cuyo objetivo es promover el enfoque integral de la salud teniendo en cuenta la interrelación entre la salud humana, la salud animal y el medio ambiente.