Publicado el 23 octubre, 2025
BOLETIN 25-2025
A partir de 2026, Empresas y Autónomos que cuenten con un sistema de facturación propio, deberán contar obligatoriamente con un Sistema Informático de Facturación (SIF) que cumpla con los requisitos establecidos por la Agencia Tributaria. El incumplimiento de esta obligación, o el uso de un software que no reúna las condiciones exigidas, podrá conllevar graves sanciones.
Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades deberán adaptarse antes del 1 de Enero de 2026, mientras que los autónomos sujetos al IRPF dispondrán de plazo hasta el 1 de Julio de 2026.
¿Qué es Verifactu?
Son los nuevos requisitos relativos a la expedición, generación y conservación de facturas que deberán cumplir los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF). Estos programas deberán garantizar que las facturas, una vez emitidas, no puedan ser modificadas, deben permitir la firma electrónica y poder generar un código QR en cada factura con toda su información. El objetivo es asegurar que empresas y autónomos emitan sus facturas de forma transparente y trazable, reforzando así el control frente a posibles irregularidades fiscales.
Los empresarios y autónomos no estarán obligados a enviar automáticamente todas sus facturas a Hacienda; bastará con disponer de un sistema que cumpla los requisitos técnicos y que, en caso de requerimiento, pueda conectarse con la Administración para remitir los datos solicitados.
Por otro lado, los sistemas que sí comparten la información de manera inmediata con la Agencia Tributaria se conocen como Verifactu. Su uso será voluntario, aunque la Administración no descarta que el envío automático de la facturación pueda ser obligatorio en el futuro.
Facturación a mano
La Agencia Tributaria indica que los profesionales que facturan exclusivamente a mano no tendrán que cumplir con esta obligación.
¿Qué pasa con Word o Excel?
Este es uno de los puntos en los que más dudas hay. Hacienda aclara que dependerá de los usos que los profesionales le den a estos sistemas.
Si utilizan un Word o Excel para introducir los datos de la factura, expedirla y conservarlas, no tendrán que tener un sistema informático de facturación. Pero, si además usan estas hojas de cálculo o de escritura para procesar los datos, es decir, generar libros de contabilidad, de registro del IVA o del IRPF, entonces el Word o el Excel deberán cumplir con los criterios que se le exige a un SIF. La Agencia Tributaria podrá verificar si estos programas cumplen o no en función de las herramientas y capacidades que utilicen.
FACTURA DIGITAL
La obligación de tener un sistema informático para expedir facturas que impida su modificación y que pueda conectarse con Hacienda nada tiene que ver con la futura obligación de que pymes y autónomos facturen de forma electrónica. Este segundo deber, que emana de la Ley Crea y Crece de 2022, afecta a empresarios que facturen menos de 8 millones de euros al año y pretende poner fin al papel. De momento, Hacienda mantiene congelada la aplicación de la norma, aunque se espera a partir de 2027.
FUENTE: www.eleconomista.es
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