Publicado el 26 febrero, 2020
BOLETÍN 07-2020
UN HIGIENISTA DENTAL, CONDENADO A 7 MESES DE CÁRCEL POR INTRUSISMO PROFESIONAL.- El acusado diagnosticaba y prescribía tratamientos a pesar de carecer de la titulación oficial de dentista requerida para ello.
Según informa el Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Valencia (ICOEV), el Juzgado de lo Penal 18 de Valencia ha condenado a siete meses de cárcel e inhabilitación profesional de un año por un delito de intrusismo profesional a un técnico superior en higiene dental que realizaba funciones propias de un dentista en una clínica dental de Alaquàs (Valencia).
Tal y como aparece recogido en la sentencia, el acusado atendía a pacientes en la clínica dental sin la presencia de un dentista, donde también valoraba radiografías, diagnosticaba y prescribía tratamientos sin tener la titulación oficial de dentista requerida para ello, hechos que fueron denunciados por el ICOEV.
Ahora, la jueza considera probado que el acusado sobrepasó las funciones que la Ley reconoce a los técnicos superiores en higiene bucodental y que vienen claramente recogidas en el Real Decreto 1594/1994, por lo que es responsable de un delito de intrusismo profesional y le condena a una pena de siete meses de prisión y una inhabilitación para ejercer la profesión de higienista durante un año dada la gravedad de los hechos. La sentencia es firme.
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