Boletín de Noticias

Publicado el 15 mayo, 2018

BOLETIN 20-2018

PABIJ – 2018

(PLAN DE ATENCIÓN BUCODENTAL INFANTIL Y JUVENIL) INSTRUCCIONES E INFORMACIÓN PARA LA CUMPLIMENTACIÓN  DE LA SOLICITUD DE HABILITACIÓN O BAJA COMO DENTISTA DEL CUADRO FACULTATIVO DEL PABIJ

El profesional que desee adherirse al Plan (la habilitación solo podrá ser solicitada por profesionales inscritos en el Régimen General de Autónomos y colegiados en el Ilustre Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de Aragón) lo hace de forma contractual durante un año natural, no pudiendo darse de baja dentro de este período salvo causa de fuerza mayor.

Para regularizar la participación de los profesionales durante el año 2018, se abre un PLAZO EXCEPCIONAL DE HABILITACIÓN QUE DURARÁ DESDE EL 15 DE MAYO DE 2018, HASTA EL 15 DE JUNIO DE 2018.

La firma del nuevo Convenio entre el Gobierno de Aragón y el Colegio, fijando las bases de colaboración para la Prestación de la Atención Dental Infantil y Juvenil, requiere que sea SUSCRITA la Declaración Responsable que se adjunta por todo aquel colegiado que estando habilitado en el año 2017 no haya cambiado ninguna de las circunstancias de habilitación y desee seguir participando en el plan como en el año anterior, debiendo ser presentada en la Secretaría colegial durante el plazo de habilitación referido en el párrafo anterior. Con ello se considerará renovado automáticamente. Por lo tanto, si ya se estaba habilitado y se quiere continuar en el Programa, sólo es necesario hacer esta gestión administrativa, ACTO IMPRESCINDIBLE PARA CONTINUAR CON LA ACTIVIDAD ASISTENCIAL.

En el supuesto en que se preste el servicio en diferentes Centros Autorizados, deberá suscribirse una Declaración por cada Centro, señalando la dirección en que se presta el servicio “PABIJ”, en el lugar previsto para ello. La presentación de esta declaración puede realizarse fácilmente tanto de forma física como por correo ordinario o electrónico.

IMPORTANTE.- LA CERTIFICACIÓN NEGATIVA DEL REGISTRO CENTRAL DE DELINCUENTES SEXUALES SE PUEDE OBTENER DE FORMA PERSONAL EN LAS GERENCIAS TERRITORIALES DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, EN LAS DELEGACIONES Y SUBDELEGACIONES DE GOBIERNO DE CADA PROVINCIA O DE FORMA TELEMÁTICA A TRAVÉS DE:

Https://sede.mjusticia.gob.es/cs/satellite/sede/es/tramites/certificado-registro-central

*ALTAS /HABILITACIÓN:

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ilustre Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de Aragón, C/ El Aaiún s/n bajos – 50002 Zaragoza, o en cualquiera de las Oficinas de Correos para su remisión al Colegio por correo certificado, no más tarde del día 15 de Junio de 2018. Tramitar la documentación no requiere más de 10 minutos de dedicación.

Para atender las solicitudes será de obligado cumplimiento la aportación de la documentación completa exigida, bien originales, bien fotocopias compulsadas notarial o administrativamente (la compulsa puede efectuarse también en el propio Colegio).

Todos aquellos que aporten la documentación vía correo, deberán enviar al Ilustre Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de Aragón una copia del recibo del certificado enviado.

El Colegio dará entrada, revisará y comprobará las solicitudes, tramitando posteriormente un certificado a la DGA donde consten todas las solicitudes, incluso las que no cumplan con los requisitos, pues es competencia exclusiva de la DGA el otorgar o denegar la Habilitación pudiendo si lo consideraran necesario, requerir del solicitante la documentación presentada en la Secretaría Colegial para su revisión o incluso llegado el caso, una inspección de comprobación del Centro donde se fuera a ejercer la actividad para el Programa.

DESCARGA DE DOCUMENTACIÓN Y SOLICITUDES EN: www.dentistasaragon.es / Página de Inicio / PABIJ

*BAJAS O CAMBIO DOMICILIO CONSULTA

Para darse de baja en el Programa hay que remitir de forma obligatoria un escrito al Colegio indicando tal extremo durante el plazo de habilitación correspondiente.

Para notificar el cambio de domicilio de la consulta hay que remitir de forma obligatoria un escrito al Colegio indicando tal extremo en el momento en que se vaya a producir, teniendo la obligación el habilitado de notificarlo también a los pacientes que haya visto durante esa campaña (año natural).

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